Normalmente, la indulgencia plenaria a favor de un fallecido se puede lucrar el 2 de noviembre visitando cualquier templo y rezando allí el credo y el padrenuestro, o del 1 al 8 de noviembre en un cementerio. La ampliación del período para obtener la indulgencia a todo noviembre es aplicable en ambos casos.
LA PENITENCIARIA APOSTÓLICA, habiendo escuchado las diversas súplicas recibidas recientemente de varios Sagrados Pastores de la Iglesia, debido al estado de la pandemia continúa, confirma y extiende para todo el mes de noviembre de 2021 todos los beneficios espirituales ya concedidos el 22 de octubre de 2020, mediante el Decreto Prot. N. 791/20/I con el que, debido a la pandemia de «covid-19», se prorrogaban las Indulgencias Plenarias para los fieles difuntos para todo el mes de noviembre de 2020.
De la renovada generosidad de la Iglesia, los fieles tomarán ciertamente intenciones piadosas y vigor espiritual para dirigir su vida según la ley evangélica, en comunión filial y devoción al Sumo Pontífice, fundamento visible y Pastor de la Iglesia Católica.
Este decreto es válido para todo el mes de noviembre. No obstante cualquier disposición en contrario.
Dado en Roma, en la sede de la Penitenciaría Apostólica, el 27 de octubre de 2021.
MAURO Card. PIACENZA
Penitenciario Mayor
Mons. Krzysztof Nykiel
Regente
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Pueden leer el Decreto del año pasado:
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